Procedimiento seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número 48 de Barcelona, y en recurso de apelación por la Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Barcelona, en reclamación de un tratamiento dental efectuado en la Policlínica Barcelona.
Situación, diagnóstico y tratamiento
En este caso, a la paciente le faltaban alguna de las piezas dentales del maxilar inferior y para solucionarlo le diagnostican colocar implantes y prótesis en las zonas donde no tiene dientes. Si bien, al no tener la paciente suficiente hueso, de forma previa debe efectuarse y así se prescribe una regeneración ósea en anchura.
Error médico
El error en este caso se produce con anterioridad incluso a la colocación de los implantes. Al no existir una correcta planificación (no se realiza un TAC antes de la cirugía de injerto óseo), la intervención quirúrgica resulta errónea. De esta forma, al colocar los tornillos para sujetar el injerto de hueso atraviesan el nervio dentario provocando una lesión nerviosa a la paciente que ha derivado en permanente.
Indemnización
Consecuencia de ello, el Juzgado de Primera Instancia dicta sentencia acordando una indemnización por importe de 46.136,95.-€, que posteriormente es ampliada por la Audiencia Provincial de Barcelona hasta la cantidad de 64.286,95.-€.
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